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Caso Lili Pink: Juez valida extracción de datos en cinco dispositivos clave por presunto lavado de activos y contrabando

En un giro dentro del proceso judicial contra la marca Lili Pink por presunto contrabando, lavado de activos y enriquecimiento ilícito, el juez Luis Alejandro Barreto Moreno, del Juzgado 26 Penal del Circuito de Bogotá, declaró legal la extracción de información digital de cinco dispositivos tecnológicos incautados por las autoridades. La decisión revocó un fallo previo de un juzgado municipal que había invalidado los análisis forenses del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), habilitando formalmente este material probatorio dentro del expediente.

El despacho judicial determinó que los peritos de la Fiscalía actuaron con estricto apego a la ley, con órdenes de policía judicial vigentes, manteniendo la cadena de custodia y respetando los plazos de 15 días previstos para el procedimiento sobre las evidencias originales. Asimismo, la providencia desestimó los señalamientos de la defensa sobre supuestas retenciones injustificadas o faltas a la lealtad procesal, calificándolas como “especulaciones carentes de respaldo probatorio”, al no hallarse indicios de manipulación o contaminación de las bases de datos.

La investigación penal se originó tras masivos operativos y allanamientos realizados en abril sobre más de 400 establecimientos comerciales vinculados a las marcas Lili Pink y Yoi en todo el país. Dentro del expediente, la Fiscalía imputó cargos a ocho empresarios —entre ellos Max Abadi, su hijo David Abadi y Walter Martínez Martínez— señalados de conformar una presunta red comercial apoyada en importadoras y empresas fachada para ingresar mercancía de contrabando, eludir controles aduaneros y dar apariencia de legalidad a las operaciones.

De acuerdo con las estimaciones presentadas por el ente acusador, las maniobras de la estructura comercial habrían facilitado operaciones de lavado de activos por un monto superior a los $730.000 millones de pesos, enriquecimiento ilícito de más de $430.000 millones y actos de contrabando que sobrepasan los $75.000 millones. Aunque la validación de la prueba digital no constituye un dictamen de responsabilidad penal, la decisión permitirá a los investigadores incorporar información financiera y administrativa estratégica para el desarrollo del juicio.