El Colegio San Pedro Claver de Barrancabermeja fue obligado a reintegrar a un alumno con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), luego de haberlo expulsado de manera arbitraria por manipular un temporizador en clase. La decisión judicial se dio tras la acción legal presentada por el abogado Alberto González Mebarak, quien argumentó que la institución vulneró los derechos fundamentales del estudiante al no aplicar el Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR), un instrumento obligatorio por ley para garantizar la inclusión educativa.
Según el abogado, el colegio incumplió su deber de ofrecer acompañamiento pedagógico y psicológico adaptado a las necesidades del menor, optando en cambio por medidas sancionatorias discriminatorias. “El PIAR no es opcional, es una obligación legal para que los estudiantes con TDAH o cualquier otra condición reciban apoyo y no castigo”, explicó González Mebarak.
Aunque el estudiante fue finalmente reintegrado por orden judicial, la familia denunció que el colegio mantiene un trato excluyente, ofreciéndole la posibilidad de graduarse ‘por ventanilla’, sin participar en la ceremonia oficial junto a sus compañeros. Esta decisión ha sido interpretada como una forma de discriminación institucional, contraria a los principios de inclusión y respeto a la diversidad.
El caso continúa bajo revisión de un juzgado del circuito de Barrancabermeja, que deberá determinar si el colegio ha cumplido integralmente con las medidas ordenadas. Entre tanto, el joven ha reportado síntomas de depresión y aislamiento, situación que ha encendido las alarmas sobre la urgente necesidad de una educación verdaderamente inclusiva en el país.




